La cuantía que se percibe como indemnización por lesiones tras un accidente de tráfico es algo que suele suscitar muchas diferencias entre las partes implicadas. Sin embargo, existen unos baremos establecidos por la ley que deben cumplirse en todos los casos. Estos varían en función, sobre todo, de la duración de las lesiones y de la gravedad de estas.
Estos baremos vienen recogidos por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. En ella se determinan las diferentes cuantías a percibir, así como los conceptos que debes conocer a la hora de solicitarlas. Estos son algunos de los principales.
Perjuicio personal básico por lesiones temporales
Es el caso más frecuente, pues se estima que el 92 % de las lesiones acaecidas en los accidentes de tráfico tiene esta consideración. Como perjuicio personal básico se entiende al tiempo que se permanece de baja médica. Este computará desde el mismo momento del percance hasta que se recibe el alta correspondiente y, por cada día, la cantidad a percibir es de 30 euros.
Sin embargo, debes conocer también que existe lo que se conoce como perjuicio personal particular. Este se encuentra regulado en los artículos 51 y siguientes de la Ley y va un paso más allá.